INSTITUCIÓN
EDUCATIVA DISTRITAL “FRANCISCO DE PAULA SANTANDER”
Aprobado según resolución
No 884 de noviembre 28 del 2002
NIT 819001253-2-DANE
147001000455
Carrera 12 Nº 17A- 76 Tel:
4215654 e-mail: lasantandersm@yahoo.es
CONSTITUCION
POLITICA
GUÍA No. 2 NOCIÓN DE CONSTITUCIÓN
PERÍODO
DE EJECUCIÓN: TIEMPO PROBABLE: 2 hs TIEMPO REAL: __ hs PROFESOR: Verena Meza GRADO 11_____
FECHA________________ ESTUDIANTE(s)
___________________________________
ÁMBITO
Político.
ESTÁNDAR
Conocer
los diferentes momentos de la historia socio-política que han desembocado en la
Constitución
COMPETENCIAS
Competencia Cognitiva: Identificar la evolución histórica del concepto de constitución
Competencia Procedimental: Describir la relación existente entre las
clases de constitución
Competencia Valorativa: Reflexionar sobre la evolución de la constitución a través del tiempo.
INDICADORES
DE DESEMPEÑO
-Enuncio las diferencias existentes entre las
clases de constitución que existen
-Explico, el paradigma de la forma de Constitución de la
Gran Bretaña.
-Emito mi opinión acerca
de la importancia de la Constitución para un país.
-Explico porque hay países
que tienen Constitución pero su régimen no es Constitucional.
RECURSOS
Material de apoyo conceptual o
material complementario (lecturas), texto guía, Libro de anotaciones.
DIAGNÓSTICO
1.
PREGUNTAS DE SONDEO
¿Cuándo escuchas el término Constitución, a
que crees que se refiere?
¿Es posible gobernar en un
lugar que no existan normas?
PROCESO
DIDÁCTICO PEDAGÓGIO
ORGANIZACIÓN
DE LAS ACTIVIDADES
En
grupo de 3 los estudiantes leerán y
resolverá las preguntas de desarrollo.
DESARROLLO
1. Define el concepto de Constitución
2. A través de un cuadro sinóptico explica la evolución del concepto de
Constitución
3. ¿Cuál es el objeto de la norma en la Constitución?
4. Explica. ¿Por qué hay estados dotados de Constitución, pero su régimen no
es constitucional?
5. Explica por qué suele suceder que
aunque materialmente operen reglas, las mismas no se encuentren recogidas en un
documento formal. Da ejemplo.
6. Realiza un mapa conceptual y explica , las clases de constitución que
existen
7. ¿Qué es la costumbre constitucional?
EVALUACIÓN
Se
realizara de forma oral (exposición), teniendo en cuenta los criterios de
evaluación.
RUBRICA (CRITERIO DE EVALUACIÓN)) Participación
activa durante el desarrollo de la guía.
Manejo del vocabulario propio de la asignatura (glosario). Exposición de la guía. Valor 5
GLOSARIO: Averigua todas las
palabras desconocidas y escribe su significado
ANEXO (LECTURA) NOCION DE CONSTITUCIÓN
¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN? De manera general es un ordenamiento jurídico
fundamental, cuya jerarquía es superior a la de cualquier norma, como compendio
legislativo que rige la vida del Estado. Como algunos autores lo han
simplificado, es la norma de normas, o más exactamente el acuerdo sobre los
elementos esenciales que permiten que una sociedad se organice políticamente y
que esa organización perdure en el tiempo.
EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO
El concepto de constitución ya aparece
en la Grecia clásica, en la cual se le entendía como, la unidad corporativa de
todos los ciudadanos y la estructura socio-jurídica ordenadora de la ciudadanía
en una sola entidad. Dentro de esta concepción los ciudadanos tienen derecho a
la participación en la decisión de las cuestiones de la polis. Vale la pena recordar que en esta época la
concepción que de la política tenían los griegos constituyó una excepción
frente a los demás pueblos, quienes eran gobernados por regímenes absolutistas,
en los cuales usualmente se identificaban y fundían el poder político y el
poder religioso.
Los alcances del denominado Siglo de Oro
en Grecia, particularmente Atenas, representaron en cierto sentido una
anticipación a los conceptos de la modernidad sobre la democracia como sistema
de gobierno, con una ventaja adicional sobre desarrollo contemporáneo,
consistente en la participación directa en el ejercicio del poder y en su
control por parte de los ciudadanos.
En Roma, heredera del legado ateniense,
pero mucho más pragmática en el ejercicio de la política, el vocablo
constitutio alude a la forma de un régimen de gobierno, noción que en el
medioevo y la modernidad deriva en la manifestación legislativa de la voluntad
del monarca sobre la organización de la comunidad. En esta última época los
pensadores políticos asocian el concepto de constitución a la estructura
jurídica fundamental del Estado.
Con el advenimiento de las revoluciones
liberales del siglo XVIII, el término “constitución” se asimila a una
organización política que garantiza las libertades y limita la acción del
gobernante. A partir de esa concepción, un autor posterior (George Jellinek)
define a la Constitución como el principio de ordenación que constituye y
desarrolla la actividad del Estado.
LA CONSTITUCIÓN COMO COMPENDIO DE NORMAS
PARA LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO.
En ese orden de ideas, la Constitución
contiene las normas básicas para la organización del Estado, con especial
detenimiento en la regulación del ejercicio del poder, a partir de la
distinción entre este último y sus agentes. Esto resulta ser de esa manera
porque a partir de la modernidad se produce un movimiento intelectual y
político generalizado que condena el ejercicio absoluto y arbitrario del poder y que ve en el orden
jurídico el dique de contención apropiado.
A partir de esa concepción, la
Constitución, como ley fundamental del Estado, puede ser entendida como el
conjunto de normas fundamentales para la organización del Estado, estas normas tienen
el objeto de regular el funcionamiento de los agentes del poder público y los
principios básicos para el ejercicio de los derechos y de las garantías de las
libertades.
Se podría argumentar que existen Estados
de corte absolutista que no respetan los derechos ni las libertades y que sin
embargo poseen Constitución. En tales casos, y aunque parezca un juego de
palabras, estos últimos pueden ser vistos como Estados dotados de Constitución,
pero cuyo régimen no es constitucional.
LA CONSTITUCION EN SENTIDO MATERIAL Y EN
SENTIDO FORMAL
Materialmente puede afirmarse que la
Constitución es el conjunto de reglas relativas a la organización y a la
actividad del Estado, mientras que formalmente es el documento que contiene la
regulación del funcionamiento de las instituciones de un Estado, cuya elaboración y modificación
depende de formalidades especiales de un
procedimiento particular.
Usualmente la existencia de ambas
concepciones de la Constitución es coincidente, pero puede suceder que, aunque
materialmente operen esas reglas, las mismas no se encuentren recogidas en un
documento formal, o que este contenga reglas cuyo contenido no sea de carácter
constitucional, o que reglas constitucionales no se encuentren incorporadas en
formalmente a su texto-
Así por ejemplo, Gran Bretaña es un
Estado con una rica tradición constitucional, que nunca ha plasmado sus reglas
constitucionales en un documento formalmente adoptado como constitución,
mientras que la constitución Colombiana de 1991, aparte del contenido que le es
propio, introdujo una serie de disposiciones que no hacen parte del núcleo
esencial de un texto constitucional y que bien podrían haber sido desarrolladas
por el legislador.
¿CUALES CLASES DE CONSTITUCION EXISTEN?
Las constituciones admiten diversas clasificaciones,
según la menor o mayor facilidad para su reforma o de acuerdo con el
establecimiento de su vigencia, ya sea a partir de un texto escrito o de la
reiteración de unas determinadas prácticas. En este sentido, las constituciones
pueden ser rígidas o flexibles y escritas o consuetudinarias.
RIGIDAS Y FLEXIBLES
Una Constitución es rígida cuando sus
disposiciones solamente pueden ser modificadas por procedimientos especiales y
con la intervención de un órgano calificado para tal efecto, luego de transcurrido
un periodo de tiempo determinado.
Por el contrario, una Constitución es
Flexible cuando el procedimiento para modificarla no exige requisitos
diferentes de los establecidos para la reforma de las leyes ordinarias.
Las primeras tienen la ventaja de la
estabilidad, mientras que las segundas, la de la adaptación. El riesgo que
corre una Constitución rígida es el de quedarse anquilosada en el tiempo y no
responder a las necesidades cambiantes de la sociedad, mientras que una
Constitución flexible puede permitir su maleabilidad a los intereses de turno
de los gobernantes y no responder a los intereses generales de la sociedad.
Es necesario, entonces, que haya un
delicado equilibrio entre rigidez y flexibilidad para que la Constitución sirva
para su propósito, a la vez que su contenido pueda irse ajustando a las nuevas
y diferentes demandas de la sociedad cuya vida política pretender regular.
ESCRITAS Y CONSUETUDINARIAS
La Constitución escrita es aquella que
contiene las reglas de organización del Estado en un cuerpo único consistente
en un documento escrito unitario. Este tipo de Constitución responde
adicionalmente a la necesidad de hacer constar los derechos de los ciudadanos y
de instruir a los mismos en sus deberes, Hoy en día la mayor parte de las
Constituciones son escritas.
La Constitución consuetudinaria es
aquella cuyos principios de organización del Estado resultan de prácticas o de
tradiciones consagradas por el uso a través del tiempo, a las cuales se les
otorga fuerza jurídica vinculante, sin perjuicio de la existencia de ciertos
documentos que consagren por escrito algunos principios esenciales de esa
organización. El paradigma de esta forma de Constitución es la de la Gran
Bretaña.
¿QUE ES LA COSTUMBRE CONSTITUCIONAL Y
QUE VALOR JURIDICO TIENE?
La costumbre constitucional es el uso
nacido de la vida política dentro de cada Estado, por medio del cual se
introducen prácticas que complementan o que inclusive deforman o contradicen la
Constitución. Sobre su valor, algunos
afirman que esas prácticas deben ser tenidas como fuentes de derecho positivo
que modifican las disposiciones de una norma constitucional, pero otros, aunque
aceptan su valor, lo limitan a aquellos eventos en los cuales la costumbre
complementa un texto insuficiente o sirve para interpretarlo, sin que en ningún
caso pueda ser contraria al texto vigente.
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